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Por segunda vez la justicia concede a una matrona la incapacidad por el síndrome del trabajador quemado

24 septiembre, 2018

trabajador cansado

Una matrona del Materno Infantil de Gran Canaria ha recuperado su pensión por estar afectada por el síndrome del trabajador quemado. En este caso, es la segunda vez que la justicia le concede dicha incapacidad ya que, según recoge la sentencia, la matrona evidencia síntomas que se corresponden a cuadros de ansiedad, y que se manifiestan de forma clara cuando la trabajadora está en contacto con su entorno laboral.

Dictamen de la Seguridad Social y el posterior de la jueza

La Seguridad Social le denegó en principio la incapacidad por estrés laboral a esta matrona de 42 años que cuenta con plaza de interina en el Hospital Insular Materno Infantil de Gran Canaria y que en principio perdió su pensión el pasado día 1 de mayo. Sin embargo ahora, la jueza María José Andrade, sustituta en el Juzgado de lo Social número 5 de la capital grancanaria ha entendido que merece el reconocimiento de la incapacidad permanente total, dado que todavía persisten las patologías que padecía desde el año 2005. Precisamente en esta fecha, la matrona consiguió que una sentencia, pionera entonces, reconociera que padecía el síndrome del trabajador quemado también conocido como burnout.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social dictaminó tras la valoración médica realizada a finales de 2017 que las alteraciones ansioso-depresivas que padecía la trabajadora no alcanzaban un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral. Y es que este informe reflejaba que no existía una patología psiquiátrica incapacitante, ni tampoco que fuera necesario el tratamiento psicofarmacológico, así como alteraciones que afectaran el desempeño. Además, al no ser fija, esta trabajadora también obtuvo el rechazo de la gerencia del Complejo Hospitalario Insular Materno Infantil para volver a incorporarse al centro, y con ello la pérdida de empleo. La matrona recurrió la decisión del gerente del hospital y presentó una demanda en los juzgados donde solicitaba la declaración de la incapacidad permanente total, alegando que la denegación de la pensión se basó en una entrevista de quince minutos con una especialista en Medicina del Trabajo y que no se realizó ninguna prueba diagnóstica complementaria para evaluar su estado.

Ahora el Juzgado de lo Social 5 le ha dado la razón reconociendo su derecho a percibir una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora, con efecto retroactivo desde el 1 de mayo

El síndrome del burnout

El síndrome del burnout se caracteriza por la evolución del estrés laboral hacia un estado de estrés crónico. En este sentido la palabra inglesa bournout se utiliza como sinónimo de agotamiento, circunstancia que el trabajador afectado sufre, tanto mental como físicamente y con ello una falta de motivación absoluta. Se trata de un trastorno psicológico que afecta a los trabajadores repercute en la autoestima de la persona, y puede desencadenar profundas depresiones.

Este síndrome además suele darse con mayor frecuencia en tareas relacionadas con la atención a terceros, como es el caso de docentes, personal sanitario o personas que trabajan en atención al cliente y como hemos visto en este caso puede ser motivo de baja laboral.

El síndrome del burnout fue identificado por primera vez en 1969 al comprobar el cuadro de síntomas concreto que presentaban oficiales de policía en aquella época. El síndrome se hizo más popular y conocido a partir de 1974, y posteriormente en 1986 con las aportaciones de las psicólogas norteamericanas C. Maslach y S. Jackson, quienes lo definieron como un “síndrome de cansancio emocional, despersonalización y una menor realización personal que se da en aquellos individuos que trabajan con clientes y usuarios”.

Entre los síntomas principales del trabajador quemado destacan

El agotamiento emocional, -pérdida de energía, fatiga a nivel físico y psíquico- la despersonalización, -actitudes negativas en relación con los usuarios/clientes, con un incremento de la irritabilidad y la pérdida de la motivación- falta de realización personal –la ya mencionada disminución de la autoestima personal, frustración de expectativas y manifestaciones de estrés a nivel físico, cognitivo y comportamental.

Es por tanto importante tomar medidas ante los primeros síntomas de este trastorno y entre otros, comenzar a administrar los factores estresantes que contribuyen al agotamiento en el trabajo, evaluar las opciones, discutiendo las preocupaciones específicas con los diferentes responsables e intentar descubrir los aspectos agradables del puesto de trabajo, estableciendo relaciones positivas con los compañeros para lograr mejores resultados.

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