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Drogodependencias y adicciones
Contenidos
- PRESENTACIÓN
- ADICCIONES A SUSTANCIAS
- Alcohol
- Cocaína
- Cannabis
- Ansiolíticos
- ADICCIONES COMPORTAMENTALES
- Ludopatía
- Nuevas tecnologías
- Dependencia al trabajo
- LAS DROGODEPENDENCIAS Y ADICCIONES EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
- Orientaciones para la negociación colectiva en materia de drogodependencias y adicciones
- Claúsulas para la negociación colectiva en materia de drogodependencias
> PRESENTACIÓN
El fenómeno de las drogodependencias, al igual que otros fenómenos sociales, se ha convertido en una cuestión central de las prácticas sindicales hoy en día, pues el mantenimiento de la cultura de la solidaridad y la defensa de su legitimidad social es clave para el propio principio de existencia sindical. Nuestro compromiso y toma de posición activa contra todo tipo de discriminación, segregación y exclusión, defendiendo el principio de solidaridad social nos lleva a abordar el fenómeno de las drogodependencias, tanto en el ámbito social general como en el ámbito laboral en concreto. El papel del Sindicato como articulador social es clave para el abordaje de las adicciones en general.
En el terreno laboral existen relaciones entre el trabajo y el uso de las drogas:
En primer lugar, cuando el trabajo y el ambiente de trabajo conllevan componentes negativos o de presión psicofísica sobre el trabajador/a, puede actuar como un elemento más en el proceso que desencadena y/o potencia el consumo de drogas.
En segundo lugar, el consumo de drogas puede repercutir en el mundo del trabajo.
Por todo esto, el entorno laboral se constituye como uno de los más óptimos para abordar el estudio de la situación de uso y abuso de las drogas, dado también el tiempo que el trabajador permanece en el mismo.
Según la última encuesta sobre consumo de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral en España (Encuesta 2013-2014 sobre consumo de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral en España. Observatorio español de la droga y las toxicomanías), se detecta mayor porcentaje de consumidores de alcohol y tabaco y menor de hipnosedantes en la población laboral que en la población general.
En términos generales, el porcentaje de consumidores de sustancias psicoactivas es mayor entre los que afirman estar expuestos a ciertos riesgos laborales, dato que se puede extraer dado que la encuesta proporciona información acerca del porcentaje de consumidores de este tipo de sustancias en función de su percepción a la exposición de diferentes factores de riesgo laboral.
En cuanto a las acciones consideradas como prioritarias para realizar en el lugar de trabajo, los trabajadores/as consideran como las más importantes, “la información y formación sobre las drogas, la orientación a los trabajadores con problemas de alcohol y otras drogas hacia centros especializados y la necesidad de disponer de servicios de atención socio-sanitaria para consumidores de drogas”.
La actuación a desarrollar en el ámbito laboral en materia de adicciones, deben superar el carácter sancionador y/o punitivo amparado por el Art. 54.2f. del Estatuto de los Trabajadores, centrándose en la salud de los trabajadores/as afectados por el consumo de sustancias psicoactivas y ofreciendo a éstos/as, las herramientas y condiciones necesarias para avanzar de forma positiva en su rehabilitación. Ante una enfermedad no son comprensible este tipo de medidas, ya que lejos de solucionar el problema, lo agrava. La drogodependencia es un problema de salud y requieren tratamiento, no disciplina.
La prevención es el instrumento fundamental para fomentar comportamientos saludables en las empresas y el medio laboral posee además unas características que lo conforman como idóneo para la intervención.
El trabajo no es únicamente el medio para cubrir las necesidades vitales sino también para contribuir a la realización de la persona, no podemos entender además este ámbito de forma independiente a otras realidades, ya que las personas trabajadoras acceden al mismo con unos hábitos determinados de su vida social y familiar. A su vez, la vida laboral influye en el consumo de sustancias de forma que puede potenciar o mantener una adicción. El análisis de las condiciones de trabajo debe efectuarse desde este enfoque global, integrador y tener en cuenta todas aquellas interacciones que se producen entre los elementos que conforman el ambiente laboral.
> ADICCIONES A SUSTANCIAS
Para comprender el fenómeno de las drogodependencias y adicciones, es necesario conocer las distintas sustancias psicoactivas y como éstas actúan en el organismo. En este nuevo apartado sobre las adicciones en el ámbito laboral, dedicaremos un espacio a las nuevas adicciones que han surgido con el desarrollo de las tecnologías, por tanto, abordaremos las sustancias más consumidas en el ámbito laboral según la última encuesta sobre consumo de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral en España (Encuesta 2013-2014 sobre consumo de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral en España. Observatorio español de la droga y las toxicomanías).
Alcohol
El alcohol es una sustancia psicoactiva, depresora del sistema nervioso central con capacidad de causar dependencia. El daño que puede ocasionar su consumo va a depender de distintas variables, tales como la edad, el tipo de alcohol que se ingiera, el peso, el sexo…entre otras. Pese a ser una droga socialmente aceptada, los daños que su abuso puede causar a la salud son importantes.
Según la Organización Mundial de la Salud, cada año se producen 3 millones de muertes en el mundo debido al consumo nocivo de alcohol, lo que representa un 5,3% de todas las defunciones.
Las bebidas alcohólicas pueden ser:
- Fermentadas: son aquellas bebidas naturales elaboradas exclusivamente a partir de la fermentación de alimentos como la uva, los cereales, los frutos carnosos o las bayas. Son características de este grupo el vino, la cerveza y la sidra, oscilando su graduación alcohólica entre 1,2º y 14º
- Bebidas alcohólicas espirituosas o destiladas: son todas aquellas bebidas obtenidas por destilación de productos fermentados, por maceración en alcohol etílico o por adición de aromas, azúcares u otros productos edulcorantes al alcohol etílico o destilados, o las mezclas de las mismas entre sí o con otras bebidas, para obtener mayores concentraciones de alcohol, superando los 15º. Entre ellas el orujo, el pacharán, el vodka, el whisky, el ron o la ginebra.
Aunque la Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que no hay una cantidad “segura” por debajo de la cual no haya riesgos, se establecen tres categorías de bebedores en función de la cantidad ingerida y el sexo.
TIPO DE BEBIDA | VOLUMEN | UBE* |
VINO | 1 VASITO (100c.c) | 1 UBE |
CUBATA | 1 COMBINADO | 2 UBE |
LICOR | 1 COPA (50 c.c) | 2 UBE |
CERVEZA | 1 CAÑA (200 c.c) | 1 UBE |
*UBE: UNIDAD DE BEBIDA ESTÁNDAR
TIPO DE CONSUMIDORES SEGÚN LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
CONSUMO | HOMBRE | MUJER |
BAJO RIESGO | Hasta 17 UBE/semana | Hasta 11 UBE/semana |
ALTO RIESGO | Entre 17 y 18 UBE/semana | Entre 11 y 17 UBE/semana |
PELIGROSO | Más de 28 UBE/semana | Más de 17 UBE/semana |
La presencia continuada de alcohol en el organismo y su consumo repetido es responsable de la mayoría de las lesiones que esta sustancia produce en nuestro cuerpo, como la cirrosis hepática o las encefalopatías en las que el funcionamiento de hígado y cerebro se ve gravemente alterado.
El efecto desinhibidor que produce puede conllevar a realizar conductas de riesgo, ya que provoca una falsa sensación de seguridad.
Existen muchos mitos relacionados con el consumo de alcohol, entre ellos el que hace referencia a que un consumo continuado de alcohol favorece las relaciones sociales. La realidad es que es todo lo contrario, ya que ocasiona un grave deterioro de las mismas y una desestructuración de las relaciones laborales, familiares y sociales.
Fuentes:
– PNSD. Ministerio Sanidad, Consumo y Bienestar Social
– Organización Mundial de la Salud
Cocaína

La cocaína es una de las drogas más adictivas y peligrosas, así como una de las más consumidas en nuestro país, detrás del cánnabis.
Se obtiene de las hojas de la planta de la Coca, pero para su elaboración son necesarias unas sustancias conocidas como precursores, que son unas sustancias químicas entre las que se encuentran el éter, el ácido sulfúrico y la gasolina.
Se presenta en forma de polvo blanco cristalino y se suele consumir de varias formas:
- Inhalada: en polvo blanco.
- Fumada: en base libre, crack.
- Inyectada por vía intravenosa.
Tanto su consumo fumado como inyectado, son las más adictivas.
Según los datos de la última Encuesta EDADES, aproximadamente 85.000 personas iniciaron su consumo en los últimos 12 meses (incidencia de la cocaína) siendo superior en hombres que en mujeres. En función de la edad, la mayor incidencia se encuentra en el segmento de 15 a 24 años.
Produce un efecto estimulante sobre el Sistema Nervioso Central.
Su consumo puede tener tanto problemas físicos como psicológicos, además de adicción. El consumo habitual de cocaína tiene las siguientes consecuencias sobre nuestra salud:
- Puede provocar trastorno psíquicos como ideas paranoides o depresión; cuadros psicosis, esquizofrenia.
- Puede provocar también daños muy importantes en sistemas circulatorios y respiratorios.
- Complicaciones neurológicas.
- Complicaciones gastrointestinales.
- Daños propios de la vía de administración:
o Nasal:
*Pérdida de olfato
-Hemorragias nasales. Ronquera.
-Perforación del tabique nasal.
o Vía Intravenosa:
-Reacciones alérgicas a droga u otro componente con los que se adultera.
-Enfermedades infecciosas asociadas a vía parenteral (VIH, hepatitis).
La Encuesta 2013-2014 Sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas en el ámbito laboral en España laboral proporciona información sobre el porcentaje de consumidores de sustancias psicoactivas según perciban o no que están expuestos a diferentes factores de riesgo laborales.
Entre estos factores, la encuesta analiza insatisfacción en el trabajo, riesgos psicosociales, riesgos de seguridad, condiciones de empleo y daños para la salud.
En términos generales, el porcentaje de consumidores de sustancias psicoactivas es mayor entre los que afirman estar expuestos a ciertos riesgos laborales. Así por ejemplo, para el consumo de cocaína se registran prevalencias más altas entre los que tienen jornadas prolongadas o con escaso tiempo de descanso o en los trabajos que exigen rendimiento muy alto.
En el ámbito laboral, el consumo de cocaína propicia un aumento de los errores y facilita una disminución de las medidas de seguridad al producir una sensación de falsa seguridad bastante ostensible dado que en el plano psicológico, produce una hiperactividad física, ya que provoca la sensación de aumento de la fuerza.
Fisiológicamente la cocaína, genera disminución de la fatiga y reducción del sueño, así como inhibición del apetito. Por el contrario, aumenta de forma considerable la tensión arterial, la delgadez y los riesgos cardíacos, así como las hemorragias cerebrales y las hepatopatías.
Según esta encuesta, el perfil del consumidor de cocaína es el de un hombre soltero menor de 35 años.
Fuentes:
UGT Castilla y León
FAD
ENCUESTA 2013-2014 Sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas en el ámbito laboral en España. Observatorio Español de la droga y las Toxicomanías. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Encuesta sobre alcohol y drogas en España (EDADES), 1995-2017
Conceptos Básicos sobre las Drogas y las Adicciones. Repercusiones en el Ámbito Laboral. Junta de Andalucía
Cannabis

La cánnabis sativa es una planta cuyo componente más conocido y con mayor psicoactividad es el THC (tetrahidrocannabinol). Es un pertubador del SNC, esto es, el efecto es euforizante y relajante. A dosis alta es alucinógeno. Es la sustancia ilegal más consumida a nivel laboral.
El cánnabis se puede presentar de varias formas:
- Marihuana: se obtiene de la trituración de flores, hojas y tallos secos. La concentración de THC es del 1-5%.
Hachís: elaborado a partir de la resina almacenada en las flores de la planta hembra. La concentración de THC es del 15-50%.
Aceite de hachís: es el preparado de mayor concentración THC, 25- 50% y se consume generalmente en pipa.
Los efectos tanto a nivel físico como psíquico son los siguientes:
• Efectos psíquicos: acción euforizante, con tendencia a la risa fácil, alteración del sentido del tiempo o la secuencia de los acontecimientos. Puede aparecer además despersonalización, fuga de ideas, y alteraciones de la memoria y aumento de la percepción de colores y de sonidos. A dosis más elevadas, puede aparecer estado de pánico, alucinaciones y psicosis de tipo paranoide o esquizofrénico (psicosis por consumo).
A esta fase euforizante, casi siempre le sucede otra depresiva con aumento del sueño.
• Efectos físicos: tos seca, taquicardia, irritación conjuntiva y un ligero aumento de la presión arterial. Si la dosis es elevada se produce el efecto contrario. También puede aparecer sequedad de boca, presión ocular, desorientación e incapacidad para la concentración.
Debido al consumo fumado se produce un aumento del volumen y frecuencia cardiaca, que puede presentar riesgo añadido a personas que padecen enfermedades cardiovasculares. Produce también problemas en el rendimiento laboral, cuya repercusión en el mismo es directa
El consumo de esta sustancia resulta aún más perjudicial si se combina con el alcohol, aumentando el riesgo de accidentes en la conducción de vehículos.
Los consumos de derivados de la Marihuana provocan dificultades para la realización de tareas complejas, reducción de la atención y alteraciones perceptivas y en la capacidad de reacción. Su consumo afecta negativamente a la conducción de vehículos y el manejo de maquinaria.
Existen factores de riesgos de origen psicosocial que pueden originar estrés, ansiedad, depresión, fatiga, desmotivación. Factores de riesgos psicosociales relacionados con los trabajos a turnos, el clima laboral, definición de rol… y que pueden llevar al consumo de cánnabis como medio para intentar paliar los efectos de los mismos. Por ello, es muy importante conocer cuáles son estos factores de riesgo y si están favoreciendo el consumo de esta sustancia, para poder así realizar las acciones necesarias dirigidas prevenir este tipo de conductas, teniendo presente en todo momento que estamos ante una enfermedad y por tanto su tratamiento debe ser terapéutico y nunca punitivo.
Fuentes:
• PNSD
“Cannabis en el Trabajo”. UGT Castilla y León
Trabajo Sin Drogas – CAPLA – Los factores de riesgo
Ansiolíticos
Familiarmente conocemos a las benzodiacepinas como las “pastillas para dormir”. Son un depresor del Sistema Nervioso Central, causando sedación, relajación muscular y sueño. Se comenzaron a utilizar en los años 60.
El consumo de este medicamento cuando se administra sin control médico alguno, puede crear una adicción.
Los ansiolíticos y sedantes disminuyen el estado de alerta y pueden dar lugar a una mala coordinación, confusión…efectos que pueden potenciarse si a la vez se ingiere alcohol.
La Encuesta sobre Alcohol y otras Drogas en España (EDADES), señala que los hipnosedantes con o sin receta son las sustancias psicoactivas que empiezan a consumirse con mayor edad. En 2017, la edad media de inicio en el consumo es de 34,4 años, lo que supone un ligero adelanto con respecto al valor registrado en 2015.
Según la Encuesta sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas en el ámbito laboral en España, el consumo es mayor en la población femenina con una edad superior a los 45 años.
Existen factores de riesgo que pueden dar lugar al consumo de hipnosedantes como medida para paliar los efectos de los mismos. El porcentaje de consumidores es mayor entre los que afirman estar expuestos a ciertos factores de riesgo, entre los que podemos mencionar:
Trabajos nocturnos
Turnos rotatorios
Alta carga de Trabajo
Precariedad en el empleo
Insatisfacción
Trabajo a destajo o con alto rendimiento
La ansiedad originada por el estrés que soportan muchos trabajadores y trabajadoras, puede conllevar el consumo de estos fármacos.
Los grupos prioritarios en consumo de hipnosedantes según esta encuesta, serían:
Mujeres mayores de 45 años.
Parados que han trabajo antes.
Trabajadores en actividades domésticas/servicios personales, administración pública/educación/sanidad/servicios sociales y hostelería.
Personal administrativo y de servicios de restauración/ personales/ protección/ vendedores.
Empleados con jornada reducida, jornada continua de noche y turnos rotatorios.
Fuentes:
FAD
ENCUESTA 2013-2014 Sobre Consumo de Sustancias Psicoactivas en el ámbito laboral en España. Observatorio Español de la droga y las Toxicomanías. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Encuesta sobre alcohol y drogas en España (EDADES), 1995-2017
> DEPENDENCIAS COMPORTAMENTALES
Ludopatía

La Ludopatía consiste en una alteración progresiva del comportamiento por la que un individuo siente una incontrolable necesidad de jugar a los juegos electrónicos o juegos de azar, por encima incluso, de su propia voluntad de no hacerlo. En definitiva, se trata de una adicción.
El juego patológico está reconocido como enfermedad por el Ministerio de Sanidad y la OMS.
Criterio diagnóstico: Según el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales de la Asociación de Psiquiatría Americana DSM V el juego problemático se produce cuando se producen cuatro o más de las siguientes acciones durante un periodo de 12 meses:
Preocupación por el juego
Necesidad de jugar, incrementando lacantidad de dinero, con el objetivo de lograr la excitación deseada.
Inquietud o Irritabilidad cuando se intenta reducir o dejar de jugar.
Fracasos repetidos en los esfuerzos para controlar el juego. Realizar repetidamente esfuerzos de controlar, reducir o dejar de jugar sin éxito.
Utilización del juego como vía de escape de los problemas o de alivio del malestar emocional. Jugar a menudo cuando se siente angustiado.
Intentos repetidos de recuperar el dinero perdido. Después de perder dinero jugando, se vuelve a jugar otro día tratando de desquitarse de las pérdidas.
Ocultar y mentir sobre la importancia del juego en su vida.
Poner en peligro o perder relaciones personales, trabajos u oportunidades a causa del juego.
Apoyo económico reiterado por parte de la familia y amigos para aliviar situaciones financieras causadas por el juego.
Las consecuencias de esta enfermedad afecta a las distintas esferas del individuo: familiar, social y laboral.
Con respecto al ámbito laboral, se producirá una disminución en el rendimiento, faltas injustificadas así como desmotivación, lo que puede conllevar al abandono de su trabajo.
Pero no debemos olvidar que estamos ante una enfermedad, por tanto su tratamiento debe ser terapéutico y no punitivo. Es muy importante poner el problema en manos de profesionales y a través de la negociación colectiva, introducir Protocolos de Prevención e Intervención de las Drogodependencias y Adicciones en las empresas que permitan afrontar el este fenómeno desde una perspectiva de salud con carácter preventivo, pero también estableciendo pautas de actuación encaminadas al tratamiento e incorporación del trabajador/a afectado a su puesto.
Fuentes:
– ASEJER- PNSDA
Nuevas tecnologías

Son muchas y diversas la forma de referirse a este problema, tales como tecnoadicciones, uso compulsivo/patológico de Internet, adicción a las nuevas tecnologías, adicción a las pantallas, ciberadicciones, etc.; sin embargo no existe un consenso sobre su definición.
Resulta evidente que las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (TIC) facilitan nuestra vida diaria, sin embargo con un uso inadecuado de las mismas, pueden llegar a convertirse en un problema, fundamentalmente para los jóvenes, dado que es la población que puede ser más vulnerable.
En el estudio realizado por Cristóbal Molina Navarrete y Ma Rosa Vallecillo Gámez Adicciones Conductuales (“sin sustancia”) “EN” el trabajo Y “AL” trabajo, se expone que numerosos estudios ponen de relieve:“cómo el “riesgo de uso adictivo” o, en todo caso, “problemático” desde el punto de vista psicosocial, de las tecnologías digitales, se asocia a dos factores, que deben darse de forma cumulativa no alternativa:
- Los tiempos de conexión: (criterio de frecuencia e intensidad de uso). Naturalmente, a mayor dedicación temporal mayores serán los conflictos derivados del abandono de los otros tiempos de vida. Por lo tanto, incide en la ruptura de los hábitos de vida, dado que, además, incrementará la autopercepción de adicción. Aunque no hay una relación causa efecto entre horas de uso y eventuales daños mentales, sí constituye una fuente importante de riesgos (psicosociales, ergonómicos, físicos, etc.).
- Los llamados refuerzos, recompensas o satisfacciones inmediatasque reporta (ej. facilidad de comunicación con los demás, mayor libertad en las relaciones virtuales, etc.). A este respecto, queda claro que la alta disponibilidad de conexión, en cualquier lugar y en todo momento, pese a las mayores posibilidades de conciliación que abre con otras facetas de la vida si se usa adecuadamente, también promueve conflictos de roles o esferas de vida (laboral, familiar, personal, etc.), alterando las diferenciaciones de tiempo de la vida cotidiana. Por lo tanto, se convierte en “el mejor caldo de cultivo para una adicción”
El Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo en su NTP 730 define la Tecnoadicción como “el tecnoestrés específico debido a la incontrolable compulsión a utilizar TIC en «todo momento y en todo lugar», y utilizarlas durante largos períodos de tiempo. Los tecnoadictos son aquellas personas que quieren estar al día de los últimos avances tecnológicos y acaban siendo «dependientes» de la tecnología, siendo el eje sobre el cual se estructuran sus vidas”
Se define por tanto, como una necesidad de utilizar las nuevas tecnologías de manera casi incontrolable, durante largos períodos de tiempo.
El uso desmedido de las nuevas tecnologías puede llegar a cursar adicción que derive en una dependencia psicológica, pudiendo llegar a causar efectos perjudiciales para la salud.
Desde UGT, insistimos en los peligros del uso compulsivo y abusivo de las nuevas tecnologías, considerando fundamental regular el derecho a la desconexión y sensibilizar sobre el uso responsable de las mismas.
Fuentes:
Ciberadicciones. Adicción a las nuevas tecnologías (NTIC). Antonio Terán Prieto. Centro de Atención a Drogodependientes San Juan de Dios. Palencia.
ADICCIONES CONDUCTUALES (“SIN SUSTANCIA”) “EN” EL TRABAJO Y “AL” TRABAJO: MAGNITUD DEL PROBLEMA SOCIAL Y POLÍTICAS DE GESTIÓN PREVENTIVA EN LA EMPRESA. Cristóbal Molina Navarrete y Ma Rosa Vallecillo Gámez
Incidencia de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación en la seguridad y salud de los trabajadores. UGT. Financiado por la FEPRL)
NTP 730. Tecnoestrés: concepto, medida e intervención psicosocial. INSHT
> LAS DROGODEPENDENCIAS Y ADICCIONES EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Orientaciones para la negociación colectiva en materia de drogodependencias y adicciones
La negociación colectiva debe contemplar aspectos fundamentales como:
El tratamiento de las drogodependencias como una enfermedad.
La no discriminación de aquellos trabajadores y trabajadoras afectados que requieran tratamiento y rehabilitación. Exigencia de medidas preventivas ante las medidas de carácter disciplinario. Interpretación restrictiva del Art. 54.2 apartado f del E.T, (ya que en algunos convenios podemos observar cláusulas en las que se consideran faltas graves la embriaguez, sin determinar si es o no una conducta habitual y la afectación negativa al trabajo).
La negociación ha de incluir la mejora de las condiciones de trabajo para todos los trabajadores, así como la habilitación de un Plan de Prevención y Rehabilitación para la creación de climas saludables en las empresas.
Al amparo del marco de relaciones que nos ofrece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, a través de los Servicios de Prevención, de los Comités de Seguridad y Salud y de los Delegados de Prevención, debemos incluir en todo proceso de Evaluación de Riesgos, recogido en el Art. 16 de dicha Ley, los factores psico-sociales de organización y condiciones del medio ambiente de trabajo que pueden favorecer o mantener el uso indebido de drogas.
La acción preventiva de la empresa, ha de contemplar aquellas condiciones de trabajo (actividades, procesos, equipos, herramientas, etc.) de las que deriven hábitos de consumo de alcohol y otras sustancias, que puedan conllevar mayor riesgo de accidente o daño para la salud.
Las medidas preventivas han de prever las distracciones e imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. Para la adopción de estas medidas, se debe analizar los riesgos adicionales que pudiera ocasionar. El Art. 15.4 de la LPRL, que expresa que el accidente no es causa de conducta del trabajador, sino causa de un incumplimiento empresarial en materia de prevención de riesgos laborales.
En cuanto a la protección de trabajadores/as con problemas de alcohol o abuso de otras sustancias, es necesario considerar la flexibilización de horarios o adaptación de jornada, para permitir la asistencia a programas de rehabilitación. Se ha de considerar que cada etapa del proceso de reinserción implica una flexibilidad laboral determinada, por lo que se negociarán distintas adaptaciones del horario laboral en base a las necesidades de cada etapa del tratamiento.
Se debe de garantizar el mantenimiento del puesto de trabajo de los trabajadores/as afectados/as respetando las condiciones económicas durante el proceso de rehabilitación. El periodo de internamiento para someterse a un tratamiento de desintoxicación será tratado como baja por enfermedad común y se negociará que sea retribuido al 100% de su salario.
En relación a las pruebas de detección de consumo de drogas, hay que tener presente que, sólo en aquellos casos en que exista puestos de trabajo de especial riesgo, riesgo para terceros, o se investiguen las causas de un accidente laboral, la empresa podrá legalmente realizarlas (porque venga regulado en convenio, o en disposición normativa). Únicamente las admitiremos si se cumplen una serie de requisitos:
- Que se contemplen dentro de un Plan de Prevención y Rehabilitación con participación sindical, y donde se garantice el apoyo a la rehabilitación de los trabajadores/as afectados/as; el mantenimiento del puesto de trabajo y la absoluta confidencialidad de las pruebas.
- Que los resultados de las pruebas de detección de consumo sean considerados como datos complementarios y dentro siempre de las actuaciones del Plan de Prevención y Rehabilitación. Nunca será los únicos datos ni lógicamente los más relevantes. Detección no es Prevención.
- Que su aplicación sea igualitaria a todas las categorías profesionales de la empresa que conlleven especial riesgo y riesgo para terceros.
- Que un resultado positivo no pueda ser utilizado nunca como causa de sanción o de despido y deba ser siempre confirmado con una segunda muestra, utilizando una técnica distinta.
- Si la segunda muestra da positivo, se le debe ofrecer al trabajador/a la posibilidad de inclusión en el programa de tratamiento del Plan de Prevención y Rehabilitación de la empresa.
En todos los demás casos, la empresa no puede realizar estas pruebas. Si se diera el caso de que las hiciera, éstas no son obligatorias y necesita el consentimiento informado del trabajador/a para realizarlas. Si la empresa alega que son obligatorias, necesita de un informe previo de los representantes de los trabajadores para realizarlas legalmente. Nos remitimos al Art. 22.1 de la LPRL:
La aplicación del artículo 25 sobre “Protección de Trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos” de la LPRL para trabajadores con problemas de alcoholismo y/u otras drogodependencias, no debe suponer nunca un argumento para facilitar el despido de un trabajador, porque las consecuencias que pueden derivarse de las drogodependencias se las considerará enfermedad común. Recomendamos un cambio temporal (voluntario) del puesto de trabajo a otro exento de riesgo, cuando las condiciones del puesto en ejercicio incidan en la recuperación del trabajador/a afectado/a.
Las retribuciones económicas serán las mismas que las del puesto en origen y el cambio tendrá únicamente efectos hasta la recuperación del trabajador/a.
Fuente: UGT
Claúsulas para la negociación colectiva en materia de drogodependencias

SALUD LABORAL
El trabajador o trabajadora con un problema de alcohol y/o otras drogas será considerado como un enfermo/a y como tal se procederá a su paso a una situación de I.T, retribuido al 100% (o según convenio) para proceder a su tratamiento. En ningún caso esta circunstancia será motivo de despido.
Se facilitará a aquellos/as trabajadores/as con personas dependientes a su cargo, mecanismos que les permitan acompañar a esas personas a los tratamientos médicos-terapéuticos o de rehabilitación.
Se garantizará la aplicación del artículo 25 sobre Protección de trabajadores sensibles a determinados riesgos de la LPRL también para trabajadores/as con problemas de alcoholismo y/u otras drogodependencias, portadores de VIH o enfermos de SIDA.
Realización de un análisis y modificación de las condiciones de trabajo que puedan repercutir negativamente incitando al consumo.
CONDICIONES DE TRABAJO
Se adaptarán los turnos y ausencias al trabajo para asistir a los servicios externos de tratamiento en régimen de pacientes externos, para los trabajadores/as con un problema de consumo de alcohol y/u otras drogas.
Se garantizará el mantenimiento del puesto de trabajo para los trabajadores/as con problemas de drogodependencias durante el proceso de rehabilitación.
SALARIOS
Los/as trabajadores/as con problemas de alcohol o abuso de otras sustancias que accedan a tratamiento, tendrán garantizadas sus condiciones económicas y demás derechos adquiridos, sin merma de ninguno de ellos.
ACCESO AL EMPLEO
No se realizarán por parte de la empresa pruebas de detección de consumo de drogas ni de detección de VIH a la hora de seleccionar nuevos trabajadores/as, respetando así el derecho a la intimidad según el artículo 18.1 de la Constitución Española.