En este artículo vamos a resumir cuál es la legislación vigente y medidas preventivas para la exposición a sílice cristalina respirable y también cuáles son las facultades y competencias de los delegados de prevención en este tipo de trabajos.
1. Marco Normativo y Clasificación
Desde la entrada en vigor del Real Decreto 1154/2020, los trabajos que implican exposición al polvo respirable de sílice cristalina generado en procesos industriales se consideran legalmente como exposición a agentes cancerígenos. Con la modificación del real decreto 665/1997, aumentó el nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras en el trabajo, dado que la implantación de valores límite para determinados agentes cancerígenos o mutágenos contribuye a reducir de manera significativa los riesgos derivados de estas exposiciones.
2. El Valor Límite Ambiental (VLA-ED)
El riesgo de contraer enfermedades como la silicosis o el cáncer de pulmón no tiene un «umbral de seguridad» absoluto, ya que se considera que para los cancerígenos existe una relación dosis-probabilidad. Sin embargo, la ley establece un límite técnico infranqueable:
- VLA-ED (Valor Límite Ambiental – Exposición Diaria): Está fijado en 0,05 mg/m³ para la fracción respirable de sílice cristalina.
- Obligación de minimización: Aunque las mediciones den resultados por debajo de este valor, la empresa tiene la obligación legal de reducir la exposición al nivel más bajo que sea técnicamente posible.
- Evaluación: La conformidad con este límite debe verificarse mediante mediciones higiénicas siguiendo la norma UNE-EN 689:2019.
3. Equipos de Protección Individual (EPI) Específicos
Cuando las medidas técnicas (vía húmeda, extracción localizada o sistemas cerrados) no son suficientes para garantizar que no se supere el VLA-ED, el uso de EPIs es obligatorio.
A. Equipos de Protección Respiratoria (EPR)
No cualquier mascarilla es válida. Los equipos deben ser seleccionados en función de la concentración medida en el puesto:
- Filtros de alta eficacia: Se deben utilizar filtros tipo P3 (en máscaras o semimáscaras) o mascarillas autofiltrantes tipo FFP3.
- Equipos asistidos: En tareas de alta intensidad o larga duración, se recomiendan equipos filtrantes asistidos (con ventilador incorporado) que reduzcan el esfuerzo respiratorio del trabajador y ofrezcan un mayor factor de protección.
- Pruebas de ajuste (Fit Test): Es fundamental realizar ensayos de ajuste para asegurar que la máscara sella perfectamente sobre la cara del trabajador, ya que el vello facial o la forma de la cara pueden anular la protección.
B. Ropa de Protección
- Se debe utilizar ropa de trabajo que no atrape el polvo. La empresa debe responsabilizarse del lavado de esta ropa en instalaciones adecuadas, quedando prohibido que el trabajador se la lleve a su domicilio para evitar la contaminación secundaria.
4. Medidas Técnicas y de Mantenimiento
Para que los niveles se mantengan bajo control, la guía técnica destaca:
- Sistemas de aspiración: Deben contar obligatoriamente con filtros de alta eficacia HEPA para evitar que el polvo fino vuelva a ser expulsado al ambiente.
- Prohibición de aire comprimido: Está estrictamente prohibido usar aire comprimido o el soplado para limpiar máquinas o ropa, ya que suspende las partículas más peligrosas (las invisibles).
- Métodos húmedos: El aporte de agua en el foco de generación es la medida técnica más eficaz para reducir la fracción respirable.
5. Vigilancia de la Salud Especializada
El personal expuesto debe someterse a un protocolo de vigilancia específico que incluye:
- Pruebas periódicas: Espirometrías y radiografías de tórax (interpretadas bajo los criterios de la OIT).
- Conservación de registros: Dado el largo periodo de latencia del cáncer y la silicosis, los historiales médicos deben conservarse durante 40 años tras el cese de la exposición.
Como Delegado/a de Prevención tienes las siguientes facultades y competencias:
1. El primer paso: El derecho a la información y formación
Para que un trabajador se cuide, primero debe entender a qué se enfrenta. Según los Artículos 18 y 19 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), debéis exigir:
Formación específica: No teórica, sino práctica. El trabajador debe saber cómo usar el sistema de aspiración, cómo ajustarse la mascarilla y por qué no debe soplarse el polvo de la ropa con aire comprimido.
Fichas de Datos de Seguridad (FDS): Deben estar accesibles. Si se trabaja con compactos de cuarzo o granitos, el fabricante debe informar del porcentaje de sílice.
Transparencia en las mediciones: Los trabajadores tienen derecho a conocer los resultados de las mediciones higiénicas de sus puestos.
2. Enfermedades Profesionales: Lo que hay que saber
La sílice cristalina está vinculada a patologías graves recogidas en el Real Decreto 1299/2006:
- Silicosis: Es una fibrosis pulmonar incurable y progresiva. Se produce porque las partículas de sílice son tan pequeñas que llegan a los alvéolos y el cuerpo no puede eliminarlas.
- Cáncer de Pulmón: Al ser considerado cancerígeno, no existe un nivel de exposición «seguro», aunque haya límites legales.
- EPOC y enfermedades autoinmunes: También se ha relacionado con insuficiencia renal y esclerodermia.
3. Medidas Preventivas que debéis exigir (Jerarquía de Control)
Como delegados, vuestra función no es pedir más mascarillas, sino exigir que el polvo no llegue al aire.
A. Medidas Técnicas (Prioridad Absoluta)
- Trabajo en húmedo: El agua es la mejor aliada para «atrapar» el polvo antes de que vuele.
- Aspiración localizada: Sistemas de captación en la propia herramienta (discos, pulidoras) con filtros HEPA.
- Cerramiento de procesos: Aislar las máquinas que más polvo generen.
- Limpieza: Queda terminantemente prohibido el barrido en seco o el uso de aire comprimido. Solo aspiradores industriales (Clase H) o manguera de agua.
B. Medidas Organizativas
- Delimitación de zonas: Solo debe entrar el personal necesario a las áreas de riesgo, con señalización clara.
- Reducción de tiempos: Limitar el tiempo de exposición de cada trabajador.
C. Equipos de Protección Individual (EPI)
- Protección respiratoria: Solo cuando las medidas anteriores no sean suficientes. Mínimo mascarillas FFP3 o semimáscaras con filtros P3, siempre con ajuste facial comprobado.
4. Vigilancia de la Salud
Debéis aseguraros de que la empresa cumple con los protocolos específicos de Vigilancia de la Salud para SCR:
- Protocolo de Silicosis: Incluye historias clínicas laborales, espirometrías y radiografías de tórax bajo los criterios de la OIT.
- Registros de exposición: La empresa debe mantener un historial de los trabajadores expuestos a cancerígenos durante 40 años tras el cese de la exposición. Esto es clave para futuras reclamaciones de enfermedad profesional.
Conclusión
El cumplimiento del límite de 0,05 mg/m³ es solo el punto de partida. La seguridad real en trabajos con sílice depende de la combinación de métodos húmedos o de aspiración HEPA con el uso riguroso de protección respiratoria P3 debidamente ajustada.
Fuente: “Guía Técnica para la Prevención por Riesgo de Exposición a la Sílice Cristalina Respirable (SCR) en el ámbito laboral”. Instituto Nacional de Silicosis.






